La nueva ley del trabajo autónomo trae ventajas en conciliación, nuevas aperturas y jubilación en farmacias

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que perfila el Senado incluye algunos cambios sobre desgravaciones, cotizaciones y otros aspectos legales que los titulares de farmacia deberán conocer, por sus apreciables ventajas en conciliación familiar, jubilación activa y apoyo a los titulares que abren su primera oficina de farmacia.

06/10/2017

Según análisis del despacho Gómez Córdoba, especializado en derecho y farmacias, la próxima Ley de Reformas Urgentes sobre el Trabajo Autónomo, no supondrá un vuelco en la situación fiscal y laboral de los titulares de farmacia, pero sí aportará algunos avances en conciliación familiar, jubilación activa y apoyo a la ...

Según análisis del despacho Gómez Córdoba, especializado en derecho y farmacias, la próxima Ley de Reformas Urgentes sobre el Trabajo Autónomo, no supondrá un vuelco en la situación fiscal y laboral de los titulares de farmacia, pero sí aportará algunos avances en conciliación familiar, jubilación activa y apoyo a la apertura de nuevas oficinas.

Entre otros, los cambios previstos afectarán a los titulares de farmacia, sus cónyuges y familiares de primer y segundo grado, considerados como colaboradores familiares cuando trabajen en la misma oficina

La Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo pasó de la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados a la del Senado, habiendo concluido el plazo para la presentación de enmiendas y propuestas de veto el pasado 12 de septiembre. Aunque la mayor parte de las 20 medidas que incluye la ley son de rápida aplicación, las que hacen referencia específica a las altas, bajas y cambios de base de la Seguridad Social verán la luz a comienzos de 2018.

El nuevo texto legal expresa la sensibilidad del poder legislativo hacia la figura de los trabajadores autónomos, casi siempre más afectados que los que trabajan por cuenta ajena, por padecer mayores cargas de rigurosidad fiscal, dificultad de financiación y una mayor morosidad, a pesar de ser un colectivo creador de riqueza y empleo para el país. De ahí que la intención de la nueva ley sea aportar flexibilidad en alguna medida a sus obligaciones tributarias y de cotización. En esa línea, se procurará suavizar los recargos por ingresos fuera de plazo, ayudar a los titulares de farmacias a incrementar la contratación de empleados y facilitar que puedan hacer una mayor conciliación de su vida familiar y laboral. Con inclusión de su equiparación con los otros trabajadores en cuanto a sus desplazamientos al trabajo y mayores opciones de jubilación activa.

Así, los retrasos al pagar la cuota de autónomos a la Seguridad Social pasarán a tener un recargo del 10% en el primer mes, en lugar del 20% que estaba en vigor. Al tiempo que los nuevos titulares de farmacia podrán ahorrar como mínimo 1.350 euros al disponer de una tarifa plana de sólo 50 euros por su cotización, al ver ampliado este periodo de gracia de los 6 a los 12 meses desde que comienza su actividad. De igual forma, las titulares de farmacia, como apoyo a la maternidad, quedarán exentas de pagar su cuota de autónomos durante el periodo de maternidad, comprendido entre un mínimo de 6 semanas y un máximo de 16 semanas, con un ahorro que oscilará entre los 385 euros y los 1.000 euros. Con extensión a otros 12 meses de tarifa plana, a razón de 50 euros al mes, con un ahorro mínimo de 2.700 euros. Beneficios a los que también se podrá optar por derecho de paternidad, adopción, acogimiento y riesgo de lactancia.

Con el mismo ánimo, la nueva ley mejorará en alguna medida las relaciones en un modelo de negocio de tradición familiar como la farmacia al bonificar la contratación de familiares de primer y segundo grado de consanguinidad. Mediante la exención del 100% de la cuota por contingencias comunes a lo largo de un año. Protección similar a la que recibirán los titulares de farmacia que opten por la jubilación activa, ya que percibirán el 100% de su pensión, sin dejar de trabajar, y si existe uno o más empleados en la oficina. Dentro del límite laboral de 70 años de edad que contemplan las Leyes de Ordenación Farmacéutica.

La ley se estructura en 8 títulos, 7 disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y 13 disposiciones finales. El título I articula las medidas dirigidas a facilitar la cotización a la Seguridad Social y a reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos y se recogen ciertas consideraciones a la pluriactividad de aquellos nuevos titulares que mantienen por un tiempo su perfil autónomo con el que hacen por cuenta ajena. El título II fija la cuota reducida de 50 euros (tarifa plana) para nuevos autónomos durante los primeros doce meses de actividad. El título III mejora la conciliación entre la vida laboral y familiar de los trabajadores autónomos. El título IV introduce mejoras en los derechos colectivos del trabajador autónomo. El título V introduce varias modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con la finalidad de clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad, con mayor grado de seguridad jurídica. El título VI desarrolla medidas para mejorar la cotización de los trabajadores autónomos.El título VII contiene medidas para mejorar la formación profesional para el empleo de los trabajadores autónomos. Mientras que, finalmente, el título VIII equipara las contingencias derivadas de accidente de trabajo in itinere entre trabajadores autónomos y por cuenta ajena. Así mismo, en la disposición adicional primera se permiten hasta tres altas al año y se precisa el momento del inicio de actividad, mientras que la disposición final segunda sube a cuatro el número de veces al año en que puede cambiarse de base de cotización.

En resumen, el despacho Gómez Córdoba, y esta cabecera, consideran que, sin quitar mérito a estas medidas protectoras, aún quedan pendientes de mejorar otros capítulos clave como la enfermedad profesional y el desempleo de los autónomos que trabajan en las oficinas de farmacia.

 

Autor: IM Farmacias
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