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El Diario Oficial de Galicia ha publicado el Decreto 127/2017, de 23 de noviembre, por el que se aprueba el mapa farmacéutico de Galicia, se planifica la autorización de nuevas oficinas de farmacia y se fija la delimitación territorial para su localización. El nuevo mapa determina la necesidad de la ...
El Diario Oficial de Galicia ha publicado el Decreto 127/2017, de 23 de noviembre, por el que se aprueba el mapa farmacéutico de Galicia, se planifica la autorización de nuevas oficinas de farmacia y se fija la delimitación territorial para su localización. El nuevo mapa determina la necesidad de la apertura de 41 nuevas oficinas de farmacia para garantizar una atención idónea en nuestra comunidad: siete en ayuntamientos urbanos, 14 en ayuntamientos semiurbanos y 20 en ayuntamientos rurales. Distribuidas por provincias, corresponden 23 a la Coruña, 4 a Lugo, 5 a Ourense y 9 a Pontevedra.
De esta forma, en el anexo del decreto, se detalla que siete de las nuevas oficinas están situadas en zonas urbanas (una en Arteixo, otra en Oleiros, dos en Narón y tres en Ames). Otras 14 están en áreas semiurbanas: dos en Cambre, tres en Culleredo, y una en Sada, Verín, Poio, Ribeira, Teo, Baiona, Cangas, Moaña, y Ponteareas. Las 20 nuevas farmacias restantes irán a zonas rurales que por población precisan estos establecimientos: Carral, Cee, Ponteceso, Vilasantar, Ares, Brión, A Pobra do Caramiñal, Val do Dubra y Silleda, Burela, Ribadeo, Negueira de Muñiz, Friol, Barro, O Rosal, Salceda de Caselas, Allariz, Esgos y dos en el Pereiro de Aguiar.
La modificación de las cifras poblacionales del padrón de habitantes, la apertura de nuevos establecimientos sanitarios y oficinas de farmacia han mudado significativamente desde el mapa vigente, de hace quince años (regulado por el Decreto 278/2002, de 12 de septiembre) y que quedará derogado con la actual normativa.
Con este decreto, "Sanidad mejora las condiciones de acceso de la población a la atención farmacéutica, al tiempo que garantiza que en el nivel asistencial de atención primaria la ciudadanía disponga del número necesario de farmacias con un acceso rápido, oportuno y equitativo. También contribuye a garantizar el derecho de libre elección de oficina de farmacia por parte de la ciudadanía, en la medida en que se mejora la oferta y se adecúa a las circunstancias poblacionales existentes en la actualidad, así como a recibir la atención farmacéutica que se precise con la mayor inmediatez y cercanía".
Tras la entrada en vigor de este decreto con su publicación en el Diario Oficial de Galicia y la aprobación de la reforma del Decreto 146/2001, de 7 de junio, sobre planificación, apertura, traslado, cierre y transmisión de oficinas de farmacia, el siguiente paso será iniciar el procedimiento de adjudicación. La adjudicación se realizará a través de concurso público de las nuevas oficinas de farmacia con la convocatoria a un acto público a lo que están llamados a concurrir todos los participantes, y en el que cada uno de ellos se presentará a todas las oficinas convocadas.