Dispensación, un servicio esencial en la práctica farmacéutica diaria

Mediante el servicio de dispensación se garantiza el acceso a la población a medicamentos y productos sanitarios, a la vez que se proporciona información para que los pacientes conozcan el correcto proceso de uso, y se detecten y corrijan posibles problemas que pudieran aparecer derivados de su utilización.

21/05/2018

Según la definición del Foro de Atención Farmacéutica en Farmacia Comunitaria (FORO AF-FC), la dispensación es "el servicio profesional del farmacéutico encaminado a garantizar, tras una evaluación individual, que los pacientes reciban y utilicen los medicamentos de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos ...

Según la definición del Foro de Atención Farmacéutica en Farmacia Comunitaria (FORO AF-FC), la dispensación es "el servicio profesional del farmacéutico encaminado a garantizar, tras una evaluación individual, que los pacientes reciban y utilicen los medicamentos de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales, durante el periodo de tiempo adecuado, con la información para su correcto proceso de uso y de acuerdo a la normativa vigente". Esta definición, aunque se refiera a medicamentos, es generalmente aplicable a productos sanitarios.

Para la dispensación de medicamentos y productos sanitarios es requisito inexcusable la presencia y actuación profesional del farmacéutico. No obstante, el personal técnico y auxiliar de farmacia podrá participar en el procedimiento, bajo la supervisión del farmacéutico. A continuación recogemos las recomendaciones del CGCOF necesarias para que la práctica de la dispensación de medicamentos y de productos sanitarios pueda considerarse buena práctica profesional.

Ante la petición de un medicamento que requiere de prescripción o un producto sanitario, el farmacéutico debe considerar, en primer lugar, cuál es el contenido y el periodo de validez de la receta presentada, comprobando que la prescripción es legítima y que recoge toda la información necesaria conforme a la legislación vigente.

La identificación se realizará considerando el sexo, la edad aproximada y la relación con el sujeto que solicita el medicamento o producto sanitario; si se trata del propio paciente, es el cuidador o de una tercera persona. Además, el farmacéutico verificará si el paciente utiliza otros medicamentos, presenta enfermedades concomitantes, una situación de embarazo/lactancia, alergias conocidas, contraindicaciones, interacciones o duplicidades, que puedan afectar al objetivo del tratamiento y a la salud del paciente en función de la información disponible. Con carácter general, en caso de duda razonable ante un posible mal uso o abuso de un medicamento sujeto a prescripción, el farmacéutico tomará la decisión de dispensar o no según la situación concreta.

En el caso de recetas electrónicas, el farmacéutico podrá bloquear de forma cautelar la dispensación si detecta que se cumple alguno de los criterios anteriores. Esta circunstancia se comunicará al prescriptor, y el farmacéutico informará sobre dicho bloqueo al paciente.

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Autor: IM Farmacias
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