Acosta: el acuerdo para la Ley de Farmacia de Madrid es una cesión al colectivo enfermero

El farmacéutico Jaime Acosta se reitera en su solicitud a la Junta de Gobierno del COF de Madrid a que inste a los partidos políticos a retirar el actual proyecto de Ley de Farmacia de Madrid porque, a su juicio, supone un retroceso de 20 años y porque, entre otros motivos, no apuesta por los servicios añadidos retribuidos. Además, conlleva una “intervención por los enfermeros de una ley sectorial de grandísima importancia para la farmacia”.

26/02/2019

En Asamblea del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), Jaime Acosta explicó su posición contraria al proyecto de Ley de Farmacia de Madridy reclamó a la Junta de Gobierno que solicitara a los partidos políticos que se retire dicho proyecto de Ley. En los últimos días, tras conocerse el ...

En Asamblea del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), Jaime Acosta explicó su posición contraria al proyecto de Ley de Farmacia de Madridy reclamó a la Junta de Gobierno que solicitara a los partidos políticos que se retire dicho proyecto de Ley. En los últimos días, tras conocerse el acuerdo del COFM con Enfermería en este asunto, ha insistido en su exigencia, "sin que [el proyecto de Ley] decaiga por cuestiones de plazos o de la propia Asamblea de Madrid".

Hemos hablado con Acosta en calidad de farmacéutico y colegiado del COFM para conocer en profundidad su rechazo al proyecto de Ley. Acosta es consultor de proyectos de la Sección de Farmacia Comunitaria de la Federación Internacional Farmacéutica (FIP, por sus siglas en inglés) y fue en el pasado vocal de Oficina de Farmacia del COFM. Integró la candidatura de Marichu Rodríguez a presidir el COFM en 2014, compitiendo con el actual presidente, Luis González. Deja claro que lo expresado en declaraciones a esta revista son opiniones personales. Considera que "es mala para el sector porque no resuelve los problemas que tenemos las farmacias en Madrid". De acuerdo, manifiesta que más bien es "una cesión a todo lo que el colectivo enfermero veía de malo en el proyecto de Ley".

Acosta matiza que se refiere a dos partes de la Ley, la administrativa y la cuestión asistencial y de desarrollo profesional. Repasamos en primer lugar con él las cuestiones administrativas que le parecen malas para el colectivo farmacéutico. "Esta Ley facilita la apertura de numerosas farmacias y deja en el aire para el siguiente gobierno la planificación de aperturas y la norma sobre guardias", expone. Asegura que se sistematiza la apertura de farmacias en el proyecto de Ley. De acuerdo con sus explicaciones, se establece una revisión anual de la planificación de las Oficinas de Farmacia a partir de las cifras de padrón municipal y se abre en el plazo de los dos meses siguientes a esta revisión un procedimiento para la autorización de nuevas Oficinas de Farmacia en la Comunidad de Madrid. Esto significa que, en el plazo de un año, se van a abrir todas las farmacias que quepan por módulos y distancias.

Recuerda que desde el COFM se aducía que era urgente la aprobación del proyecto de Ley, teniendo en cuenta la actual composición de la Asamblea de Madrid "porque parece ser que es más favorable a los intereses del colectivo". Sin embargo, en el propio proyecto se marca el plazo de un año para la entrada en vigor de la Ley, después de unas elecciones autonómicas, "por lo que el Consejo de Gobierno determinará las normas de organización de los servicios de guardia y establecerá los nuevos criterios de planificación territorial y ordenación de las Oficinas de Farmacia". Acosta no entiende que se diga que una Ley es muy urgente y que, a su vez, se apoye el que deje su entrada en vigor para el plazo de un año "criterios tan importantísimos para la actividad de las Oficinas de Farmacia como son los servicios de guardia y la planificación territorial y ordenación".

Prosigue su análisis: "En la actual norma, se considera como función de las Oficinas de Farmacia la garantía de la atención farmacéutica en su zona farmacéutica a los núcleos de población en los que no existan Oficinas de Farmacia. En el nuevo redactado, esta garantía de atención farmacéutica se delega en la Consejería y se hace voluntariamente. No se entiende que pase a ser función de la Consejería cuando se ha sacado expresamente en la norma".

Otro punto que cuestiona Acosta es que el proyecto de Ley, en su artículo 10.8, "prohíbe expresamente la dispensación, comercialización o venta de cualquier medicamento que sea devuelto por los pacientes a las Oficinas de Farmacia". Subraya que los farmacéuticos creen que no se pueden aceptar devoluciones de medicamentos, como es natural, porque ha escapado del control sanitario y de la garantía de custodia que establece la cadena del medicamento. "No es que prohíba las devoluciones de los pacientes sino que aclara que la farmacia puede aceptarlas, pero que tiene que asumirlas a pérdidas. ¿Qué haremos cuando alguien nos venga a devolver un medicamento ya dispensado? Consagra las devoluciones para que la farmacia las asuma", critica.

En relación con esto, y en el entorno actual, es fundamental la gestión del stock en las farmacias. "Hay muchos medicamentos que se trabajan de encargo. Si el cliente no viene a recoger el producto, se devuelve al mayorista porque no ha salido de la cadena de custodia", apunta. "Pero, en el artículo 68, y esto me parece importante, se dice que los almacenes de distribución deberán rechazar las devoluciones de medicamentos con carácter general", avisa. Pregunta que, entonces, qué hay que hacer con los medicamentos que se encargan y no se recogen. "¿Qué hacemos especialmente con los medicamentos caros que se suelen trabajar de encargo cuando no vengan a por ellos? Parece que ya no podemos devolverlos al mayorista. ¿Nos los quedamos? ¿Dejamos que caduquen?", lamenta. Hay veces que los medicamentos que son encargados no se recogen.

Por otro lado, "esta Ley introduce un problema en la prestación del Servicio Personalizado de Dosificación (SPD) y no facilita su retribución, ni pública ni por los pacientes". El proyecto de ley dice que los SPD podrán efectuarse por otra Oficina de Farmacia que cuente con los medios más adecuados para atender las solicitudes de los pacientes conforme a sus requerimientos y necesidades específicas bajo la responsabilidad de aquella y previa a la formalización de un contrato entre ambas. "Lo que intenta este proyecto de Ley es asimilar los SPD a las fórmulas magistrales", alega Acosta. Las farmacias que no las preparan, pueden contratar a terceros la elaboración de las fórmulas que les encargan. "Pero, los SPD es un servicio que muchas farmacias no cobran o cobran precios muy bajos. Se va añadir además el gasto de transporte de medicamentos entre farmacias, añadimos el gasto de preparación de SPD por otra farmacia. ¿Cómo se gestiona el envío de los medicamentos que hayamos dispensado para que otra farmacia elabore el SPD?", reprocha. Igualmente, duda qué sucede cuando se tenga que poner, por ejemplo, paracetamol en un SPD y la farmacia esté obligada a dispensar el medicamento en su envase completo. "Como no se aclara en la Ley, no entiendo cómo voy hacer llegar esa caja de paracetamol que yo te he dispensado y que tengo delante de mí en el mostrador a otra farmacia para que lo embliste. No lo entiendo. ¿Qué pasa si un paciente quiere un envase porque es suyo y la farmacia dispensadora no se lo puede dar porque está a kilómetros de distancia?", reflexiona. Según Acosta, no queda nada claro.

"Esta Ley ilegaliza sin motivo rótulos de farmacias que no causan ningún problema", denuncia. Dice que en la fachada de la Oficina de Farmacia, en su acceso principal, figurará rotulada la palabra farmacia. Y no podrá ir acompañada de ninguna otra. Ni de leyendas, signos, marcas o logotipos de ninguna clase. "No se entiende el motivo de que el Colegio defienda algo que obliga a hacer nuevos los rótulos de quienes tienen un nombre asociado a la farmacia como parte de su identidad corporativa. ¿Qué daño hace que una farmacia se llame Farmacia Centro o Farmacia La Salud? ¿Por qué tenemos que hacer nuevos los rótulos? ¿Ha medido el Colegio el impacto económico para el sector el hacer nuevo el rótulo y ponerlo otra vez?", afirma. Cree que la respuesta es una negativa.

"Esta ley no introduce la necesaria flexibilidad en los horarios de farmacias", reprende. El proyecto de Ley establece que el horario ordinario será de lunes a viernes de 9:30 a 13:45 horas y de 17:00 a 20:00 horas. Y los sábados de 10:00 a 13:45 horas. El horario podrá ser ampliado, quedando obligado a la apertura de la Oficina de Farmacia con tal horario ampliado hasta el 31 de diciembre del año en el que se inicia su aplicación. O sea, "el horario ordinario sólo puede ampliarse y, si se amplía, ha de mantenerse obligatoriamente hasta el 31 de diciembre". "¿Pero esta ley no era para dar flexibilidad? ¿Por qué, si quiero mantener 12 horas de lunes a sábado, y abrir los sábados por la tarde en invierno, porque me interesa, no puedo cerrar los sábados por la tarde de agosto, que no me interesa? ¿Por qué las farmacias que mantienen el horario mínimo no pueden hacer horario de tarde estival moviendo de 17:30 a 20:30 horas si les parece bien? ¿Por qué, si en verano quieren cerrar media hora más tarde, a las 20:30 horas, tienen que mantenerlo hasta fin de año, que no les interesa? No se entiende dónde está la flexibilidad. ¿Por qué, si las farmacias en zona de turismo de fin de semana durante los meses cálidos, que quieren abrir los domingos por la mañana tienen que seguir abriendo los domingos de invierno?", delibera. La actual norma permite eso y esta Ley no lo haría.

A otra cosa a la que Acosta se muestra contrario es que el Colegio apoye que las autorizaciones de funcionamiento de las nuevas aperturas de Oficinas de Farmacia caducarán al cumplir el farmacéutico a cuyo nombre se extienda la autorización 70 años de edad. "Esta Ley consagra la caducidad por edad de autorizaciones de farmacias, que es injusto, peligroso, e intervencionista", asevera. Esta limitación de la autorización se da en muy pocas CC AA. A su parecer, "el COFM apoya y defiende una norma que va en contra de la libertad de los farmacéuticos e introduce un agravio comparativo para los farmacéuticos de Madrid". Arroja más preguntas: "¿Por qué es malo que un titular tenga 70 años? ¿A quién defiende el Colegio? ¿Cree el Colegio que los mayores de 70 años están inhabilitados para trabajar?". Anota que, si es para evitar que personas mayores concursen, "como parece que se ha dicho", es "un fraude de Ley, porque eso es una discriminación por razón de edad".

Por todo lo dicho, resume Acosta, "esta Ley no apuesta por los servicios añadidos retribuidos, facilita la apertura de numerosas farmacias y deja en el aire para el siguiente Gobierno la planificación de aperturas y la norma sobre guardias". De la misma manera, "esta Ley no incentiva la prestación de servicios en secciones, especialmente el servicio de nutrición, que es con mucho el más extendido, y dificulta la gestión del almacén de la farmacia". Repite que introduce un problema en la prestación del SPD y no facilita su retribución y que ilegaliza sin motivo rótulos de farmacia que no causan ningún problema. No introduce la necesaria flexibilidad en los horarios de farmacia y consagra la caducidad por edad de autorizaciones de farmacias. Por último, "esta Ley impide que las farmacias nos adaptemos a la nueva demanda que ya hay en Internet, en un momento crítico para nuestra incorporación". Concluye en ese sentido que no se entiende cómo el COFM apoya este proyecto, "que resulta perjudicial para los farmacéuticos, las farmacias y el sistema, y supone un gravísimo precedente para otras CC AA".

En cuanto al acuerdo con Enfermería; Acosta reprende que "se admite la intervención del colectivo enfermero y la tutela de una norma que es de la farmacia, para los farmacéuticos y los pacientes". No comprende "cómo se ha permitido a los enfermeros hacer exactamente lo que ellos han querido con el proyecto de Ley y además mandarlo a los partidos políticos". Este farmacéutico admite que está bien la colaboración, "pero esto supone una intervención y una tutela".

Sintetiza que, en la parte asistencial, "introduce una tutela de otros profesionales, médicos y enfermeros, especialmente enfermeros, en una actividad que tiene que ser plenamente autónoma de los farmacéuticos, como profesionales sanitarios". Está de acuerdo en "trabajar en coordinación con otros profesionales, pero no de este modo". Sostiene que es una Ley "muy poco ambiciosa": "No apoya ni fomenta la práctica farmacéutica de acuerdo con la capacidad y conocimientos que tenemos y no promueve un modelo innovador de ejercicio".

Le refutamos que el presidente del COFM ha señalado que la Ley de Farmacia está abierta y que se encuentran aún negociaciones. Acosta destaca que han mandado un texto concreto, "con puntos y comas", a cada uno de los partidos políticos. Por ende, a pesar de que esté abierta, "parece que no tiene marcha atrás salvo que decaiga por cuestiones de plazos de elecciones". Ni Ciudadanos ni Podemos ni PSOE están por la labor de aprobarla ahora. A Acosta le preocupa y es por eso por lo que se ha mostrado contrario. Certifica que no le mueve interés electoral alguno. Hace hincapié en que, de hecho, no hay elecciones al COFM a la vista y que defendió su punto de vista en Asamblea. Con todo, esta Ley "supone un retroceso de 20 años", por lo que Acosta se reitera en su solicitud a la Junta de Gobierno del COFM de instar a los grupos políticos de la Asamblea de Madrid a que retiren el proyecto de Ley porque es "profesionalmente indigno y una oportunidad perdida".

Termina: "Carece de toda ambición profesional cuando, en todo el mundo, nuevas normas han permitido a las farmacias ofrecer una gama ampliada de servicios clínicos y asistenciales y participar más en la promoción de la salud, prevención de la enfermedad y en asegurar el uso racional de los medicamentos. Hay un papel profesional muy importante y muy demandado por los farmacéuticos, más allá de la gestión y dispensación de medicamentos, y debe colocarse a éstos en la vanguardia del sistema de asistencia sanitaria".

Autor: IM Farmacias
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