Estas son las novedades del Análisis del Anteproyecto de Ley de farmacia de la Comunidad de Madrid

El Anteproyecto incluye aspectos novedosos como la flexibilización de horarios (con tramos fijos en los que todas las farmacias deberán abrir), la dispensación de medicamentos a domicilio o la incorporación de nuevas secciones de farmacia.

06/10/2021

El Portal de Transparencia de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha incluido ya el texto del anteproyecto de la nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid, que ha iniciado sus trámites a instancias de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria. Una ley ...

El Portal de Transparencia de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha incluido ya el texto del anteproyecto de la nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid, que ha iniciado sus trámites a instancias de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria. Una ley que, en palabras de la Comunidad de Madrid, aboga por la humanización de la atención al paciente, la cercanía.

La Ley 19/1998 de Ordenación y Atención Farmacéutico reguló por primera vez en la Comunidad de Madrid de un modo integral la actuación de los profesionales en los distintos niveles de atención farmacéutica. El transcurso del tiempo y los cambios que se han producido a lo largo de su dilatada vigencia, motivan la necesidad de promulgar una nueva ley adoptada a los nuevos tiempos.

El Anteproyecto de ley, que espera salir adelante antes del final de la legislatura en 2023, incluye algunos aspectos novedosos que se han tratado en una nueva sesión informativa de ASEFARMA este miércoles 6 de octubre.

Novedades

Principalmente, este nuevo anteproyecto recoge unos principios rectores que no se mencionan en la actual ley vigente: un acceso eficaz y racional a los medicamentos y productos sanitarios, la coordinación institucional, la confidencialidad de la información y la calidad del servicio.

Uno de los aspectos a destacar es la dispensación de medicamentos a domicilio, para personas discapacitadas o mayores dependientes, una práctica que generó muchas experiencias positivas durante el confinamiento por la pandemia de la Covid-19. "Es una reclamación muy demandada por parte del sector y que durante la pandemia funcionó de una forma excelente y que tuvo una utilidad tremenda", afirma Adela Bueno, responsable del departamento Jurídico de la asesoría. Este servicio de entrega a domicilio no supondrá ningún coste adicional y cumplirá todas las garantías de control y calidad.

A raíz de la situación sanitaria provocada por la Covid-19, también han surgido nuevas obligaciones, como la participación de los establecimientos farmacéuticos en los dispositivos y medidas que se establezcan en los casos de emergencia para la salud pública. "Esta nueva regulación permite una colaboración estrecha con la correspondiente Consejería de Sanidad para que se pueda garantizar el abastecimiento de la medicación a toda la población", asegura Adela Bueno.

Por lo que atañe a las secciones de las oficinas de farmacia, es interesante destacar la incorporación de la sección de nutrición y dietética. "Es cierto que el anteproyecto anterior ofrecía la posibilidad de disponer de más secciones", exhibe Adela Bueno, y apunta que "ya no se pedirá el requisito de la titulación y habilitación profesional al director técnico propietario. Ahora se exigirá a cualquier farmacéutico de la plantilla". Las secciones que se contemplan son las de audioprótesis, óptica, análisis clínicos y ortopedia.

Otra de las novedades hace referencia a la flexibilización de horarios, "un tema muy reivindicado por el sector para que no fuera un sistema de horarios tan rígidos como el que recoge la normativa actual", dice Blanco. Ahora se contempla un horario mínimo de 40 horas a la semana de lunes a sábado y distribuido en dos franjas: una fija de 10h a 13h y de 16h a 19h, y los sábados de 10h a 13h. La franja variable se determina voluntariamente por las oficinas de farmacia. "El horario tiene carácter anual y una vez al año se puede decidir qué horario se hace y comunicarse antes del 15 de diciembre de cada año".

El nuevo anteproyecto regula que la manera de acceder a una nueva oficina de farmacia será por concurso público i a instancia de la administración. "Se elimina la opción de concurso a instancia de parte que está vigente en la actualidad", afirma la responsable jurídica. Por lo que hace a la transmisión de las oficinas, desaparece el derecho de adquisición preferente y, siempre que no se produzcan modificaciones en la estructura, la oficina de farmacia podrá continuar en las mismas condiciones autorizadas al anterior titular.

Además, la superficie mínima útil de los locales debe de ser de 75m 2 y de acceso libre y permanente desde la vía pública. La señalización de la farmacia se llevará a cabo mediante la cruz verde, la placa identificativa del titular, el horario de apertura y la relación de oficinas de farmacia de guardia más próximas. Si fuese necesario una información adicional por motivos de visibilidad, tendrá que solicitarse.

Entre otros de los aspectos novedosos, también se encuentra la obligación de incluir hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios, el aumento en el importe de las sanciones y se hacen modificaciones en cuanto a la duración de los nombramientos del regente, adjunto y sustituto. Por ejemplo, en el anteproyecto se acortan los plazos de duración de la regencia.

Finalmente, se establece que las oficinas de farmacia serán los únicos centros autorizados para la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficiales destinados al uso veterinario, debiendo quedar registradas estas dispensaciones en el libro recetario de las oficinas.

Autor: IM Farmacias
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