Las farmacias madrileñas aumentarán su capacidad de servicio

Aunque el proyecto de decreto incluye las líneas principales defendidas por esta institución, el Colegio presenta alegaciones para apuntalar la cercanía y la equidad de los servicios por parte de farmacias y servicios de farmacia hospitalaria.

Estado: Esperando

19/08/2025

Reforzar la capacidad de servicio y de actuación de la red de farmacias y de los farmacéuticos para responder mejor a las necesidades de la población madrileña. Este es el propósito de las alegaciones que el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid presentó este lunes, 18 de agosto, al proyecto de decreto por el ...

Reforzar la capacidad de servicio y de actuación de la red de farmacias y de los farmacéuticos para responder mejor a las necesidades de la población madrileña. Este es el propósito de las alegaciones que el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid presentó este lunes, 18 de agosto, al proyecto de decreto por el que se desarrolla parcialmente la Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica (LOAF) de la Comunidad de Madrid.

Este proyecto desarrolla materias como los horarios, servicios de guardia y vacaciones de las farmacias, los sistemas personalizados de dosificación (SPD), la atención farmacéutica y dispensación con entrega informada en el domicilio, y el régimen de autorización de la transmisión de las oficinas de farmacia.

Aunque el proyecto recoge las principales propuestas del COFM para reforzar el valor de la red de farmacias, y pese a las dificultades que genera un periodo de alegaciones en etapa estival (está abierto hasta el 19 de agosto), el Colegio ha hecho una serie de propuestas de mejora, sustentadas en el espíritu de la ley y enfocadas a reforzar la prestación farmacéutica facilitando su adaptación constante a las necesidades sanitarias de los madrileños. Envejecimiento, cronicidad, polimedicación, dependencia y soledad no deseada condicionan tales demandas.

Atención farmacéutica en el domicilio

Envejecimiento y soledad no deseada tienen mucho que ver con la regulación de la atención farmacéutica y la dispensación de medicamentos y productos sanitarios con entrega informada en el domicilio del paciente. Se trata de facilitar el acceso a la atención farmacéutica a la población en "situación de dependencia o discapacidad con pérdida de autonomía funcional y con dificultad o impedimento para desplazarse a la oficina de farmacia de su elección", tal como reza el artículo 13 de la LOAF.

El COFM comparte la esencia de la ley, según la cual este servicio se debe orientar en exclusiva a garantizar la atención farmacéutica a pacientes con perfiles muy determinados (personas dependientes con dificultad para desplazarse acreditada) y necesidades específicas, que les impiden acudir a su farmacia.

Para el Colegio, el principio de proximidad al paciente debe ser la base de la prestación de este servicio, manteniendo la cercanía y confianza que caracterizan la atención habitual en la farmacia. Por tanto, la zona básica de salud en el caso de las farmacias y el área de influencia del hospital en el caso de los servicios de farmacia hospitalaria deben ser la base de la planificación. Se trataría pues de una atención farmacéutica y seguimiento al paciente que garanticen la continuidad asistencial y la adherencia al tratamiento y no de una simple entrega del medicamento en el domicilio.

En esta línea, el Colegio propone reforzar la continuidad asistencial a través de la colaboración entre los servicios de farmacia hospitalaria y las oficinas de farmacia para acercar a los pacientes los medicamentos de diagnóstico y dispensación en hospital. Se asegura así el seguimiento adecuado a los pacientes evitando que tengan que acudir siempre al hospital a por sus tratamientos.

Uso adecuado de los medicamentos

En atención farmacéutica mediante el uso de sistemas personalizados de dosificación (SPD), el objetivo del Colegio es extender su utilización en pacientes crónicos polimedicados, y en especial en los que viven en situación o riesgo de soledad no deseada, para hacer frente al desafío del alto porcentaje de estas personas que no siguen de forma correcta sus tratamientos (hasta un 50% según distintos estudios).

En este servicio, el farmacéutico identifica las posibles dificultades que pueda presentar un paciente en el uso de su farmacoterapia y las causas de ello. Mediante su intervención, y en coordinación con otros profesionales sanitarios, especialmente con el médico de Familia, colabora con el paciente para que siga las recomendaciones recibidas sobre el adecuado uso de los medicamentos, productos sanitarios, hábitos higiénico-dietéticos y estilos de vida, con el fin de conseguir los resultados esperados de su tratamiento.

Para los pacientes con dificultades para seguir el tratamiento por causas relacionadas con su estado fisiológico y/o psicológico, en particular cuando son polimedicados y tienen prescritas pautas posológicas complejas, la revisión por el farmacéutico de los medicamentos prescritos y su reacondicionamiento en dispositivos personalizados facilitan al paciente, y a su cuidador, las tomas, mejorando la adherencia al tratamiento.

En este sentido, la cercanía y la confianza entre farmacéutico y paciente son críticas. Por ello, el COFM considera esencial que los requisitos técnico-sanitarios exigidos para ofrecer este servicio permitan que cualquiera de las casi 3.000 farmacias de la Comunidad de Madrid pueda prestar este servicio, de modo que, como recoge el proyecto de decreto, los SPD sean elaborados siempre por la farmacia dispensadora y no por terceros.

Para la extensión de este servicio, cuya eficacia avala la evidencia científica, el Colegio propone una concertación con las administraciones, de modo que el farmacéutico pueda invertir tiempo y recursos y todas las farmacias puedan ofrecerlo en las mismas condiciones de calidad.

Horarios y guardias más adaptados a las necesidades de la población

Otros desarrollos recogidos en el proyecto de decreto son la regulación de los horarios ordinarios y ampliados y la organización de los servicios de guardia y los períodos vacacionales de los establecimientos farmacéuticos. Estos servicios de primera necesidad en festivos y horario nocturno, que son de acceso inmediato y gratuito para la población, deben conciliar las necesidades de la población y de los propios farmacéuticos.

La capilaridad de la red, incluso en las zonas más despobladas, y los conocimientos de los farmacéuticos son críticos para una atención sanitaria de calidad. Por eso es fundamental encontrar el equilibrio para que la atención a la población las 24 horas sea compatible con las capacidades, recursos y necesidad de conciliación de los farmacéuticos.

Las propuestas del Colegio buscan la capacidad de adaptar los horarios de las farmacias a las circunstancias de las distintas zonas y tener en cuenta el servicio que aportan las farmacias de 24 horas y de horario ampliado (especialmente 12 horas), la existencia o no en zona rural de centros de urgencias médicas o la realidad, en cuanto al horario nocturno, de que apenas un 0,4% de las dispensaciones se dan entre las 23 horas y las 8 de la mañana.

"El modelo de farmacia, regulado y garantista -explica el presidente del COFM, Manuel Martínez del Peral-, permite que la Comunidad de Madrid cuente con tres mil farmacias, que dan servicio en todos los rincones de nuestra región. Sirva como ejemplo que de los 74 municipios con menos de 2.500 habitantes apenas dos cuentan con centro de salud; sin embargo, 54 de ellos tienen farmacia como único establecimiento sanitario permanente".

"La ley de 2022 y el decreto que la desarrolla -añade- han de permitirnos seguir aumentando y adaptando los servicios a las necesidades reales de la población, y hacerlo protegiendo las bases de un modelo que garantiza calidad, cercanía y equidad a los madrileños".


Autor: IM Farmacias