Los presidentes provinciales de FEFE rechazan unánimemente el DL 2/2013

Solicita al Gobierno central que intervenga y, junto con la Comunidad Valenciana, paralice el Decreto Ley

12/04/2013

La Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, que reúne a los Presidentes de FEFE de todas las provincias españolas, celebró ayer en Valencia su Asamblea General anual como muestra de apoyo firme a los farmacéuticos de la Comunidad Valenciana en sus justas reivindicaciones. “Durante esta reunión, los representantes de las oficinas de ...

La Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, que reúne a los Presidentes de FEFE de todas las provincias españolas, celebró ayer en Valencia su Asamblea General anual como muestra de apoyo firme a los farmacéuticos de la Comunidad Valenciana en sus justas reivindicaciones.

 

“Durante esta reunión, los representantes de las oficinas de farmacia de todo el país hemos mostrado unánimemente nuestro rechazo al Decreto Ley 2/2013 aprobado por la Comunidad Valenciana, así como a todos los actos derivados del mismo, ya que incurre en flagrantes vicios de inconstitucionalidad”, explica Fernando Redondo, Presidente de FEFE.

 

La Asamblea General de FEFE, en la que se encuentran representadas todas las CCAA, solicita al Gobierno central que intervenga y, junto con  la Comunidad Valenciana, paralice el Decreto Ley antes de que su entrada en vigor cause daños irreversibles al Sistema Sanitario y discrimine a los ciudadanos valencianos en el acceso al medicamento

 

En la sesión de ayer, algunos juristas analizaron la norma y desmenuzarán la inconstitucionalidad del Decreto Ley, como indican las conclusiones del Informe Jurídico encargado por FEFE y Confar al despacho Ariño-Villar. 

 

Por ejemplo, el informe sostiene la prestación sanitaria y farmacéutica forma parte de la competencia estatal básica fundada en el artículo 149.1.16 (Bases Generales de la Sanidad). También hace referencia al artículo 2.6 de la Ley 29/2006 de Garantías que establece con carácter básico que la dispensación de medicamentos a pacientes para su aplicación fuera de las instituciones sanitarias se efectuará sólo desde las oficinas de farmacia.  Entre otros aspectos cuyo informe denuncia como inconstitucionales es la naturaleza de los conciertos como contratos de gestión de servicios públicos, que infringe el artículo 149.1.18 de la Constitución.

Autor: IM Farmacias
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