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| 24 cabello gestión ¿Tienes dudas con algunos aspectos de tu farmacia? Nosotros te ayudamos IM FARMACIAS Y ASEFARMA LE AYUDAN A RESOLVER TODAS AQUELLAS DUDAS QUE TENGA SOBRE SU OFICINA DE FARMACIA. PARA CUALQUIER CUESTIÓN QUE QUIERA TRASLADARNOS, PÓNGASE EN CONTACTO CON NOSOTROS EN EL TELÉFONO 911 448 22 O A TRAVÉS DEL EMAIL ASEFARMA@ASEFARMA.COM. Santiago H. Valencia En esta situación de crisis que estamos viviendo, ¿puedo modifi- car el horario autorizado de la oficina de farmacia? Para contestar a esta pregunta deberemos remitirnos a la normativa de cada comunidad autónoma, toda vez que son las competentes para regu- lar sobre este extremo. En principio, los horarios de apertura al público de las farmacias no se han modificado normativamente, sin embargo da- das las especiales circunstancias que se están viviendo, se ha permitido cierta flexibilización siempre que se acredite la concurrencia de una causa de fuerza mayor, como pudiera ser el contagio del titular, su personal, la dificultad para encontrar personal de reemplazo, la necesidad de estable- cer turnos rotatorios, así como la adopción de medidas de desinfección para garantizar la seguridad del personal, circunstancias todas ellas que a lo mejor impiden que se pueda prestar el servicio durante todo el horario autorizado y que permitirían cierta alteración del mismo. Félix P. Madrid Los comerciantes minoristas en régimen especial de recargo de equivalencia que realicen entregas de bienes a otros minoris- tas en dicho régimen, ¿han de repercutir el IVA y el recargo de equivalencia? Lo pregun- to porque voy a vender mascarillas a otra Oficina de Farmacia ya que no tienen. Según el Artículo 154 Ley 37/1992, de 28 de di- ciembre de 1992, deberán repercutir la cuota resultante de aplicar el tipo impositivo a la base imponible correspondiente a las ventas, sin que, en ningún caso, puedan incrementar dicho por- centaje en el importe del recargo de equivalencia. Respuestas ofrecidas por los departamentos de Fiscal, Laboral, Jurídico y Consultoría. Puede contactar con ellos en el 91 448 84 22 César D. Madrid. Soy autónomo titular de farmacia y he tenido una baja médica por Covid-19. Al no ser trabaja- dor por cuenta ajena, ¿puedo cobrar algún tipo de prestación durante el tiempo que dure la baja médica, aunque la farmacia continúa abierta? Los trabajadores en una situación de baja informada por los servicios médicos, tienen derecho a una presta- ción de incapacidad temporal, por el tiempo que dure dicha baja médica con independencia del régimen en que se encuadren (trabajador autónomo o por cuenta ajena). Por ello, el titular de la farmacia que se encuentre en estas circunstancias, deberá solicitar a su médico de cabecera la baja médica y la prestación se solicitará a la Mutua de forma directa a través de un formulario al que han de adjuntar su DNI y el correspondiente parte. Susana R. Valladolid ¿Cómo sé que estoy comprando correctamente? ¿Qué acciones he de realizar para rentabilizar mi inventario? Muchas farmacias creen que comprar bien es comprar con un margen muy alto y, para llegar a mejorarlo, compran más de lo que realmente deben y superan con creces el valor de sus pedidos y, por tanto, su ver- dadera necesidad. Y aunque es importante para saber si una farmacia ha comprado correctamente analizar el valor de su inventario, estos gran- des números no son suficientes, ya que, aunque el valor del stock fuera idealmente una cifra que supusiera sólo el 10-12% de su facturación, hay que hacer un análisis pormenorizado por categorías, pues una baja rotación puede suponer una rentabilidad negativa y que la farmacia se quede prácticamente sin beneficio.

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