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121 El Real Decreto Legislativo 1/2015 define el término‘medicamento veterinario’como una sustancia o combinación de sustancias que tiene propiedades curativas o preventivas en relación a las enfermedades de los animales o que se puede administrar al animal para restablecer, corregir o modificar sus funciones fisiológicas a través de una acción farmacológica, inmunológica o metabólica, o para establecer un diagnóstico veterinario. También se considera como medicamentos veterinarios a las premezclas para piensos medicamentosos que se elaboran para incorporarse a un pienso. Para ser autorizados, los medicamentos veterinarios deben cumplir con los requisitos de eficacia, seguridad, calidad, identificación e información que se contemplan en el Real Decreto Legislativo, según explica el Consejo General de Colegios Farmacéuticos. Básicamente, de igual forma que sucede en el caso de los medicamentos de uso humano, la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) debe autorizar estos medicamentos veterinarios. Justamente, es en el apartado de seguridad donde se presentan las mayores diferencias respecto a los medicamentos de uso humano, ya que en el caso de medicamentos veterinarios se tienen que llevar a cabo estudios y ensayos que permiten garantizar su seguridad en cuanto a los siguientes aspectos: • Seguridad para el propio animal al que se administra el medicamento veterinario. • Seguridad para la persona que administra el medicamento, especialmente en caso de premezclas medicamentosas. • Seguridad para las personas que consuman alimentos procedentes de estos animales, de forma que carezcan de residuos o metabolitos del fármaco administrado, para lo cual se debe establecer el adecuado tiempo de espera. • Seguridad medioambiental por los residuos de los medicamentos liberados en las excretas. • Seguridad epizoótica para productos biológicos y vacunas. Dispensación de medicamentos veterinarios Los únicos establecimientos autorizados por la Ley para la dispensación de los medicamentos veterinarios son los siguientes: • Las oficinas de farmacia legalmente establecidas que, además, serán las únicas autorizadas para la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales. • Los establecimientos comerciales detallistas autorizados, siempre que cuenten con un servicio farmacéutico responsable de la custodia, conservación y dispensación de estos medicamentos. • Las entidades o agrupaciones ganaderas autorizadas que cuenten con servicio farmacéutico responsable de la custodia, conservación y dispensación de estos medicamentos para el uso exclusivo de sus miembros. Los farmacéuticos, como expertos en el medicamento, se erigen como los profesionales mejor preparados para la dispensación de preparados de uso animal. De hecho, incentivar dicha categoría en la farmacia puede suponer una oportunidad de crecimiento, una manera de acercarse a los grupos poblacionales que no acuden a ella asiduamente, como los jóvenes, que quizás no tienen necesidades para ellos mismos, pero sí para sus mascotas. Y las cifras muestran una tendencia muy positiva. Según revela el ‘Informe Sectorial’ realizado por la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC) y por la Asociación Española de la Industria y el Comercio del Sector del Animal de Compañía (aedpac), el consumo de medicamentos veterinarios dispensados en farmacias en 2022 asciende a 39 millones de euros. Un montante que supone el crecimiento del 5,9% con respecto a los resultados obtenidos en 2021, debido, en parte, al aumento del número de mascotas en los hogares españoles. El mismo estudio también refleja las categorías de medicamentos veterinarios más consumidos en farmacias, siendo, por este orden, las siguientes: antiparasitarios externos, dermatología, antiparasitarios internos, antibióticos, óticos, leishmaniosis y renal. La Receta Electrónica Veterinaria Pero, ¿cómo unir veterinarios y farmacétuicos? La receta electrónica veterinaria permite la interconexión entre el sistema de prescripción de medicamentos veterinarios Prescrivet del Consejo General de Colegios Veterinarios y el programa de dispensación de medicamentos veterinarios integrado en NodoFarma, la plataforma del Consejo General de Colegios Farmacéuticos. De esta manera, IntegraFarm garantiza que las prescripciones electrónicas de medicamentos veterinarios son realizadas por veterinarios (en ejercicio, colegiados y facultados para ello), y que las dispensaciones de los medicamentos veterinarios prescritos son realizadas por farmacéuticos (en ejercicio en las oficinas de farmacia autorizadas, colegiados y facultados para ello). El convenio específico, suscrito en 2019, es un desarrollo al acuerdo marco de colaboración iniciado entre ambas profesiones en 2016, y renovado por los Consejos Generales de Colegios de Farmacéuticos y Veterinarios. Esquemáticamente, el procedimiento es el siguiente: 1. El veterinario realiza su receta electrónica en Prescrivet y facilita un código identificador de la misma al propietario de animal de compañía o titular de explotación ganadera. El propietario de animal de compañía o titular de explotación ganadera entrega el código identificador al farmacéutico. 2. Con el código identificador, el farmacéutico obtendrá la información de la receta y procederá a la dispensación. Este procedimiento estará soportado por un complejo y sofisticado flujo de información de ida y vuelta que conectará Prescrivet a través de IntegraFarm con NodoFarma, los Nodos de los Colegios Farmacéuticos y los sistemas informáticos de las oficinas de farmacia. El sistema cuenta con todas las garantías de seguridad con firewall, tanto en la parte de Prescrivet como de NodoFarma. Los farmacéuticos, comprometidos con la Plataforma One Health El Consejo General de Colegios de Farmacéuticos reafirma su compromiso con la Plataforma One Health, una red de carácter multidisciplinar y multisectorial que aboga por el enfoque de una sola salud. Esta plataforma surgió como resultado del Posicionamiento sobre la necesidad de implementar el enfoque One Health que, en abril de 2021, ESVAC ES UNA INICIATIVA PARA LA RECOGIDA Y EVALUACIÓN DE DATOS SOBRE LA VENTA Y EL CONSUMO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

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