87 Al haber cerrado muy recientemente sus puertas Infarma Barcelona 2025, persiste la formulación del deseo convertido en eco de que las oficinas de farmacia consoliden de una vez su liderazgo en las ventas de medicamentos veterinarios y productos para los animales de compañía. Ahora que es una meta más alcanzable que nunca la exclusividad del farmacéutico como agente dispensador de medicamentos, tanto para personas como para animales. De vuelta de Infarma La sesión monográfica sobre farmacias y salud animal en la farmacia que desarrolló este año Infarma fue conducida por Rafael Areñas Velasco, vicepresidente tercero del COF de Madrid, para quien el mercado farmacéutico veterinario conlleva hoy una misma carga de oportunidad de negocio para las farmacias como de responsabilidad para igualar en animales el grado de excelencia profesional que ya es paradigmática en humanos. Y es que, durante el Congreso Europeo de Oficina de Farmacia y el Salón de Medicamentos y Parafarmacia de este año se puso el acento en la Ley del Medicamento, Decreto Ley 666/2023, cuya entrada en vigor trae un cambio muy notable para los próximos meses, que se debe traducir en mayores ventas de estos medicamentos en las farmacias. Para estímulo de una clara confluencia de la salud humana y la salud animal, a la vista de que el cuidado de las mascotas muestra tendencias muy parejas a las de la salud humana, con la consiguiente apertura de nuevas oportunidades de facturación para las farmacias. Básicamente, porque progresa el concepto One Health ante el peligro que han demostrado zoonosis como las debidas al virus del Ébola o el SARS-CoV-2, tal como recordó Areñas Velasco. Dado que en salud pública y farmacovigilancia es mucho lo que siempre tienen que decir las farmacias. Dentro de estas buenas perspectivas para las farmacias, porque la aplicación efectiva de la norma promulgada hace dos años busca reducir las resistencias antimicrobianas mediante la limitación de la venta de antibióticos en clínicas veterinarias, con acotación de las posibilidades de dispensación prácticamente solo para las farmacias comunitarias. Participó en el coloquio Ruben Quiñoy Vilariño, jefe de desarrollo de negocio de Metapharmaceutical Industrial, para recordar que los productos que no precisan receta pueden venderse, además de en las oficinas de farmacia, en establecimientos comerciales detallistas, que también se llaman cuarto canal. Mientras que los productos éticos veterinarios solo pueden ser vendidos en farmacias. Razón por la que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha desarrollado la aplicación CIMA Vet, una herramienta que verifica si un medicamento está sujeto a prescripción veterinaria o no y aporta documentación como fichas técnicas, fase de comercialización y alertas sobre faltas o desabastecimientos. Dentro de una funcionalidad que lleva de la primera indicación a la dispensación, pero abriendo el camino a la cascada de prescripción como segunda opción con variación por espacio e indicación, pasando a una posible tercera opción en forma de medicamento humano y, en caso de no ser posible, optar por un medicamento humano, siendo la cuarta posibilidad la fórmula magistral. Mientras que la prescripción excepcional se mantiene como recurso para llenar el vacío terapéutico al usar un fármaco para otra especie e indicación, cuando el idóneo no ha mostrado eficacia como única opción previa. También vocal de establecimientos de distribución y dispensación de medicamentos veterinarios del Colegio Oficial de Farmacéuticos de A Coruña, Quiñoy redujo las sustituciones a casos contados y el único recurso de realizar intercambios de medicamentos prescritos en el mismo marco ordinario. Además de tener presente la dispensación fraccionada gracias a presentaciones, por ejemplo, de envases con diez blísteres y diez prospectos, aunque no estén indicados para el tipo concreto de prescripción. Por su parte, Jesús González Casado, farmacéutico comunitario activo en Madrid y experto en salud animal, confirmó que el cambio legal ya efectivo va a suponer el final de la dispensación mayoritaria en clínicas veterinarias. Factor que va a descubrir la categoría veterinaria a muchos titulares de farmacia para los que pasaba inadvertida. Salvo para aquellos especialistas que, por su dedicación, saben por ejemplo que la salud animal también está sujeta a una estacionalidad similar a la humana. Donde los perros principalmente también precisan protección del sol y la deshidratación en verano, para los problemas respiratorios y los dolores articulares por el frío en otoño o contra los resfriados en invierno, además de la ayuda de antiparasitarios y productos dermatológicos en primavera. Todo un abanico de necesidades de salud que las farmacias pueden atender con medicamentos veterinarios de prescripción y productos de higiene ocular y ótica, junto a otros para el cuidado de la piel y el pelaje. Sin dejar de lado la salud bucodental, los complementos alimenticios y los citados antiparasitarios, ya sean internos o externos, en forma de pipetas o collares. A la espera de dar el gran salto a los productos de alimentación como tierra prometida para una mayor facturación de las oficinas. Porque, según González Casado, la salud animal imita a la humana y, para ellos, hay hoy un gran potencial para la venta de artículos de autocuidado, estética y nutracéuticos. Con la ley en la mano Dada la importancia que también da la distribución de gama completa a la dispensación de medicamentos veterinarios, Cofares ha manifestado recientemente que los artículos 3, 38 y concordantes de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios señalan al farmacéutico como único profesional habilitado para la compra, custodia, conservación y dispensación de todos los medicamentos sujetos a prescripción, tanto si se destinan a personas como si son de uso veterinario. A partir de una diferenciación clásica, que por eso no deja de estar vigente, de que la figura del prescriptor y del dispensador no pueden concurrir en la misma persona. Porque, de ser así, se abona el terreno a los conflictos de interés, se conculca esa incompatibilidad elemental y se altera la independencia profesional establecida legalmente. CON 31 MILLONES DE MASCOTAS, LA MITAD DE LOS HOGARES YA TIENEN UN ANIMAL EN CASA
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