IMFarmacias_157 INFORME DEL SECTOR

GESTIÓN 28 ANUARIO 2024-25 Respuestas ofrecidas por los departamentos de Laboral, Jurídico y Consultoría. Puede contactar con Asefarma en el 91 448 84 22. Rafael Calvo S. (Lugo) ¿La venta online de medicamentos admite descuentos? Sí, se pueden aplicar aquellos descuentos que estén autorizados en la normativa vigente. Sin embargo, lo que no se puede hacer es publicitarlos como reclamo o incentivo para la venta y captación de pacientes. Esto es así porque según lo establecido en el artículo 3.4 del Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre: “No podrán realizarse regalos, premios, obsequios, concursos, bonificaciones o actividades similares como medios vinculados a la promoción o venta al público de medicamentos mediante sitios web, sin perjuicio de los descuentos sobre el precio de venta que se contemplen en la normativa vigente”. Marta López (Barcelona) ¿Cuáles son los KPIs a tener en cuenta para el seguimiento de la gestión de ventas en la farmacia? Entre los KPIs de ventas más relevantes podemos nombrar los siguientes: • Ventas totales en un periodo específico de tiempo (diario, semanal, mensual...). • Ventas por empleado. • Ventas por día de la semana y tramo horario. • % venta receta-% venta libre. • Ventas por categorías. • Ventas por canal: presencial y online. • Ticket medio de compra: total, venta libre y medio mixto. • Número de artículos por operación (APO): total, venta libre y mixto. Mercedes Rodríguez (Madrid) ¿Es obligatorio nombrar a un adjunto en la farmacia si yo como titular no voy a estar? Éste es uno de los principales aspectos en los que pone el foco la inspección sanitaria, cuya función es, entre otras, comprobar que, desde la farmacia, se cumple en este sentido lo que marca la norma. Y el farmacéutico debe en este caso poder demostrar, de forma documentada, que esa obligatoriedad de que haya siempre un farmacéutico presente se está cumpliendo. Tal y como por ejemplo se indica en la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio profesional del farmacéutico en la oficina de farmacia en las modalidades de adjunto, regente o sustituto, se precisa designación expresa. En caso de que se produzcan cambios en la situación del personal nombrado y registrado o, en caso de cese, también deberá ser comunicado. Adela R. (Sevilla) Mi farmacia es muy pequeña y no dispongo se espacio suficiente de almacenamiento, ¿puedo hacer uso de un almacén colindante a mi farmacia pero que no está integrado en la farmacia? No. El almacén es una de las zonas o áreas exigidas por la normativa que debe existir en el local destinado a farmacia, y si no es suficiente para almacenar los medicamentos, productos sanitarios y parafarmacia, la única opción es ampliar la superficie del local incorporando otro a nuestra oficina de farmacia, pero no está permitido disponer de un almacén externo, no integrado en nuestro local de farmacia, y que quedaría al margen de la inspección y de los controles sanitarios preceptivos, precisamente porque no forma parte del local destinado a oficina de farmacia ni del plano autorizado a tal efecto por la Administración sanitaria. ¿Tiene dudas sobre algún aspecto de su farmacia? Nosotros le ayudamos IM FARMACIAS Y ASEFARMA LE AYUDAN A RESOLVER TODAS AQUELLAS DUDAS QUE TENGA SOBRE SU OFICINA DE FARMACIA. PARA CUALQUIER CUESTIÓN QUE QUIERA REALIZAR, PÓNGASE EN CONTACTO CON ASEFARMA A TRAVÉS DEL TELÉFONO 91 448 84 22 O ESCRIBA UN CORREO ELECTRÓNICO A INFO@ASEFARMA.COM.

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